En Nicaragua, buena parte de los negocios se hacen en dólares o atados al dólar: préstamos bancarios, precios, contratos, cláusulas de mantenimiento de valor. Pero la contabilidad se lleva en córdobas. ¿Qué pasa cuando el tipo de cambio se mueve período a período? Que aparecen diferencias de cambio que afectan tu utilidad, muchas veces de forma significativa y sin que tu operación haya cambiado en nada.
La Sección 30 de la NIIF para las PYMES establece cómo manejar todo esto: qué moneda usar como base, cómo registrar las transacciones en otra moneda y cómo tratar las diferencias de cambio. Y la tercera edición de 2025 añadió reglas importantes. Es una sección de altísima relevancia para cualquier empresa nicaragüense con deuda u operaciones en moneda extranjera.
En este artículo te explico la moneda funcional, cómo se registran las transacciones en moneda extranjera, el punto crítico de la deuda en dólares y qué cambió en 2025.
Moneda funcional, extranjera y de presentación
Todo empieza por una decisión clave: identificar tu moneda funcional, que es la moneda del entorno económico principal en el que opera tu empresa (donde generas y empleas el efectivo). Para la mayoría de las empresas nicaragüenses, será el córdoba; pero algunas, por la naturaleza de su negocio, podrían tener al dólar como moneda funcional.
A partir de ahí:
- Moneda extranjera: cualquier moneda distinta de tu moneda funcional.
- Moneda de presentación: aquella en la que presentas tus estados financieros, que puede o no coincidir con la funcional.
Determinar bien la moneda funcional no es un trámite: condiciona todo el tratamiento posterior.
Cómo se registran las transacciones en moneda extranjera
Cuando realizas una operación en moneda extranjera, la registras en tu moneda funcional al tipo de cambio de la fecha de la transacción. Lo interesante ocurre al cierre de cada periodo, donde la norma distingue:
- Partidas monetarias (efectivo, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, préstamos): se convierten al tipo de cambio de cierre. Como el tipo de cambio cambió, surge una diferencia de cambio.
- Partidas no monetarias medidas a costo histórico (por ejemplo, un terreno): se mantienen al tipo de cambio de la fecha original; no se vuelven a convertir.
- Partidas no monetarias medidas a valor razonable: al tipo de cambio de la fecha en que se determinó ese valor.
Las diferencias de cambio de las partidas monetarias se reconocen, por lo general, en el resultado del periodo.
El punto crítico: las diferencias de cambio de tu deuda en dólares
Aquí está lo que toda empresa con deuda u operaciones en dólares debería entender. Un préstamo en dólares es una partida monetaria: al cierre de cada periodo se convierte al tipo de cambio vigente. Como el córdoba mantiene un tipo de cambio deslizante frente al dólar, esa deuda expresada en córdobas crece con el tiempo, y esa variación se reconoce como una diferencia de cambio en resultados.
La consecuencia es importante: tu utilidad puede verse afectada por una pérdida cambiaria que no tiene nada que ver con cómo van tus ventas o tus costos operativos, sino solo con el movimiento del tipo de cambio sobre tu deuda en dólares. Entender y anticipar este efecto es esencial para interpretar correctamente tus resultados, proyectar tu flujo y conversar con tu banco. Lo mismo aplica a tus cuentas por cobrar y por pagar en dólares.
¿Qué cambió en la Sección 30 con la edición 2025?
La tercera edición incorporó dos novedades sustantivas:
- Convertibilidad de la moneda: se añadió un enfoque consistente para evaluar si una moneda es convertible (intercambiable) en otra y, cuando no lo es, cómo determinar el tipo de cambio a utilizar y qué revelar. Esto es especialmente relevante en jurisdicciones con controles cambiarios o restricciones para obtener divisas; en el caso del córdoba, que es convertible al dólar, su impacto directo es menor, pero es importante conocerlo.
- Anticipos en moneda extranjera: se añadió cómo determinar el tipo de cambio en transacciones que implican un anticipo pagado o cobrado en moneda extranjera. En síntesis, el tipo de cambio relevante para la partida asociada es el de la fecha en que se reconoció el anticipo, no el de la fecha posterior de la operación.
Conversión a una moneda de presentación distinta
Si tu moneda funcional es una y decides presentar tus estados financieros en otra (por ejemplo, una subsidiaria con moneda funcional córdoba dentro de un grupo que reporta en dólares), la norma indica cómo convertir: los activos y pasivos al tipo de cambio de cierre, los ingresos y gastos a los tipos de las fechas de las transacciones, y las diferencias resultantes se reconocen en otro resultado integral (no en el resultado del periodo). Lo mismo aplica a las diferencias de cambio de una inversión neta en un negocio en el extranjero.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la moneda funcional?
Es la moneda del entorno económico principal en el que opera tu empresa. Para la mayoría de las empresas nicaragüenses es el córdoba, aunque algunas podrían tener el dólar como funcional según su operación.
¿Cómo afecta a mi utilidad la deuda en dólares?
El préstamo en dólares es una partida monetaria que se convierte al tipo de cambio de cierre. Al deslizarse el córdoba, la deuda crece en córdobas y genera una diferencia de cambio (normalmente una pérdida) que se reconoce en resultados.
¿Todas las partidas se vuelven a convertir al cierre?
No. Las partidas monetarias sí, al tipo de cambio de cierre. Las no monetarias a costo histórico se mantienen al tipo de la fecha original.
¿Qué cambió en la Sección 30 en 2025?
Se añadió un enfoque para evaluar la convertibilidad de una moneda y el tipo de cambio a usar cuando no es convertible, y reglas para el tipo de cambio en transacciones con anticipos en moneda extranjera.
¿Manejas bien el efecto cambiario en tus resultados?
Si operas o te endeudas en dólares, las diferencias de cambio pueden mover tu utilidad de forma significativa. Te ayudo a determinar tu moneda funcional, tratar correctamente tus partidas en dólares y aplicar los cambios de 2025 bajo la Sección 30.
Fundamento técnico: NIIF para las PYMES, Sección 30 “Conversión de Moneda Extranjera”. Cambios de la tercera edición (febrero 2025): enfoque para evaluar la convertibilidad de una moneda, el tipo de cambio a usar cuando no es convertible y revelaciones (párrafos 30.5A, 30.28‒30.29 y Apéndice de la Sección 30), y el tipo de cambio para transacciones con anticipos en moneda extranjera (párrafo 30.8A). Vigente para periodos anuales que inicien a partir del 1 de enero de 2027, con aplicación anticipada permitida.
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Asesor Empresarial en Finanzas y Negocios.


