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“Un pasivo es una obligación presente de la entidad de transferir un recurso económico como resultado de sucesos pasados.” Marco Conceptual para la Información Financiera, NIIF.

Si el activo es uno de los pilares del balance, el pasivo es su contraparte indispensable. Y al igual que ocurre con la definición de activo, la noción tradicional de pasivo —”lo que la empresa debe”— se queda corta frente al rigor que exige el Marco Conceptual de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Bajo las NIIF, no basta con identificar una deuda en el sentido coloquial. Para reconocer un pasivo en los estados financieros, deben cumplirse de manera simultánea tres criterios, claramente definidos por el marco conceptual revisado en 2018:

  1. La entidad tiene una obligación.
  2. La obligación es transferir un recurso económico.
  3. La obligación es una obligación presente que existe como resultado de sucesos pasados.

La ausencia de cualquiera de estos tres elementos descarta el reconocimiento de un pasivo.

En este artículo desarrollaremos cada criterio combinando la teoría con casos prácticos, para que el concepto cobre vida más allá de la definición.

  1. La entidad tiene una obligación

El primer criterio parece evidente, pero esconde una sutileza fundamental: las NIIF reconocen dos tipos de obligaciones, y ambas pueden generar pasivos.

Obligaciones legales

Son aquellas que se derivan de:

  • Un contrato vinculante (compraventa, arrendamiento, financiamiento, prestación de servicios).
  • Una disposición legal (impuestos, contribuciones laborales, sentencias judiciales).
  • Cualquier otra operación de naturaleza similar que sea exigible por la fuerza pública.

Obligaciones implícitas (o constructivas)

Son aquellas que, sin estar respaldadas por un contrato o una ley, surgen de las acciones de la propia entidad. Específicamente, una obligación implícita se configura cuando:

  • La entidad ha establecido un patrón de práctica en el pasado.
  • Ha hecho políticas públicas o declaraciones específicas que crean expectativas válidas en terceros.
  • Como consecuencia, esos terceros (clientes, proveedores, comunidades, empleados) esperan razonablemente que la entidad cumpla con esa obligación.

Este punto es crítico: una empresa puede crear pasivos para sí misma con sus propias palabras o conductas, aun cuando no haya firmado ningún contrato.

La sustancia económica prevalece sobre la forma jurídica.

Piense en una empresa como Falabella, la cadena de tiendas departamentales de origen chileno, con presencia en Chile, Perú, Colombia, Argentina, Brasil y México. Cuando un cliente compra un producto, la legislación de cada país generalmente concede un plazo mínimo de garantía. Sin embargo, Falabella ha publicado y promovido durante años una política de devolución voluntaria que excede lo que exige la ley: permite cambios y reembolsos en condiciones más amplias, comunicadas a través de su sitio web, su publicidad y la práctica habitual de sus tiendas.

¿Constituye esto una obligación bajo las NIIF? Sí. Aunque ningún cliente individual tenga un contrato firmado que obligue a Falabella a aceptar una devolución más allá de los mínimos legales:

  • Falabella ha establecido un patrón consistente de práctica.
  • Ha hecho declaraciones públicas explícitas sobre su política.
  • Sus clientes tienen expectativas legítimas de que la empresa cumplirá con esa política.

En consecuencia, Falabella debe estimar y reconocer una provisión por devoluciones sobre las ventas realizadas, conforme a la NIIF 15 (Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes) y la NIC 37 (Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes). Esa provisión es un pasivo, aun cuando no exista una obligación legal formal de devolver el dinero a un cliente específico.

Este caso ilustra cómo una conducta empresarial reiterada puede generar pasivos contables tan reales como los derivados de un préstamo bancario.

  1. La obligación es transferir un recurso económico

El segundo criterio precisa la naturaleza de la obligación: no cualquier compromiso constituye un pasivo. La obligación debe consistir en transferir un recurso económico a otra parte. Aquí vale la pena recordar que, en el lenguaje del Marco Conceptual, un recurso económico es un derecho con potencial de producir beneficios económicos. Por tanto, transferir un recurso económico significa renunciar a derechos con valor económico.

Esta transferencia puede tomar muchas formas:

  • Pagar efectivo (la más común: pago a proveedores, intereses, dividendos declarados).
  • Entregar bienes.
  • Prestar servicios.
  • Intercambiar recursos económicos en condiciones desfavorables para la entidad.
  • Transferir un recurso si ocurre un suceso futuro incierto (por ejemplo, las garantías).
  • Emitir un instrumento financiero que obligue a transferir un recurso económico.

Lo importante es que el desenlace previsible implica una salida de recursos para la entidad.

Si una obligación no exige sacrificar recursos económicos, no califica como pasivo bajo las NIIF.

Piense en una empresa como Tigo, el operador de telecomunicaciones con fuerte presencia en Centroamérica (Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Panamá, Costa Rica) y Sudamérica (Colombia, Bolivia, Paraguay). Una porción significativa de sus clientes son usuarios prepago, que recargan saldo para usar minutos, mensajes y datos a demanda.

Cuando un usuario recarga 100 quetzales, lempiras o pesos a su línea Tigo, ¿qué ocurre desde el punto de vista contable?

Tigo recibe el efectivo (un activo entra al balance), pero simultáneamente asume una obligación: la de prestar al cliente los servicios de telecomunicaciones por el valor recargado. Esa obligación cumple los dos primeros criterios:

  • Hay una obligación: derivada del contrato implícito o explícito con el usuario, respaldado por la regulación del sector.
  • La obligación es transferir un recurso económico: específicamente, prestar un servicio (transmisión de voz, datos, mensajes), que tiene un costo para Tigo y que constituye, sin duda, un recurso económico transferido al cliente.

Por eso, en el balance de Tigo encontramos un rubro denominado “Pasivos por contratos con clientes” (o ingresos diferidos en versiones contables anteriores), que representa el valor de los servicios pendientes de prestar a los usuarios prepago. Solo cuando el cliente consume el servicio, Tigo da de baja una porción del pasivo y reconoce el ingreso correspondiente, según el modelo de la NIIF 15.

Este ejemplo demuestra que un pasivo no necesariamente implica pagar dinero. Prestar un servicio que la empresa ya cobró por anticipado también es una transferencia de recursos económicos y, por tanto, configura un pasivo plenamente reconocible.

  1. Obligación presente que existe como resultado de sucesos pasados

El tercer criterio introduce dos dimensiones temporales esenciales: la obligación debe ser presente (no futura ni hipotética) y debe haberse originado en sucesos pasados (no en eventos que aún no han ocurrido).

El Marco Conceptual lo plantea con una formulación muy precisa: una obligación presente existe como resultado de sucesos pasados solo si se cumplen dos condiciones:

  1. La entidad ya ha obtenido beneficios económicos o ha tomado una acción, y
  2. Como consecuencia, tendrá o podría tener que transferir un recurso económico que de otro modo no habría tenido que transferir.

En otras palabras, el pasado debe haber disparado la obligación. No basta con planear endeudarse en el futuro: debe haber ocurrido el suceso que genera el deber presente. Tampoco se reconoce un pasivo por intenciones futuras o por compromisos que aún pueden cancelarse sin consecuencias.

Este criterio es decisivo para distinguir entre:

  • Pasivos (obligaciones presentes ya disparadas).
  • Pasivos contingentes (obligaciones cuyo nacimiento depende de eventos futuros inciertos).
  • Compromisos no reconocidos (intenciones o planes futuros sin obligación presente).

Piense en una empresa como Vale S.A., la minera brasileña, una de las mayores productoras de mineral de hierro del mundo. En enero de 2019, el colapso de la represa de relaves de la mina Córrego do Feijão, en Brumadinho (Minas Gerais), causó la muerte de cientos de personas y un daño ambiental de enorme magnitud.

Inmediatamente después del desastre, los estados financieros de Vale comenzaron a reflejar provisiones multimillonarias por concepto de:

  • Indemnizaciones a las víctimas y sus familias.
  • Recuperación ambiental de las zonas afectadas.
  • Demoliciones, descomisionamiento de represas similares y obras de remediación.
  • Multas y sanciones administrativas.

Apliquemos los tres criterios al caso, con énfasis en el tercero:

  • ¿Hay una obligación? Sí. Existen obligaciones legales (sentencias, acuerdos con autoridades, demandas judiciales) y obligaciones implícitas (compromisos públicos asumidos por Vale frente a las comunidades y al gobierno brasileño).
  • ¿La obligación es transferir un recurso económico? Sí. Implica pagos de efectivo, prestación de servicios de remediación y entrega de bienes a las comunidades afectadas.
  • ¿Es una obligación presente derivada de sucesos pasados? Aquí es donde el criterio se vuelve más nítido. El suceso pasado —el colapso de la represa el 25 de enero de 2019— disparó las obligaciones. Vale, por sus operaciones previas y por la falla del activo bajo su control, ya obtuvo y consumió los beneficios económicos asociados a esa explotación minera y, como consecuencia, debe transferir recursos económicos para reparar los daños.

Sin ese suceso, no existiría la obligación. Pero ocurrido el suceso, la obligación ya es presente, no futura ni hipotética. Por eso Vale registró pasivos contables tan pronto pudo estimarlos con razonabilidad, conforme a la NIC 37.

Este caso ilustra de manera cruda el papel del “suceso pasado” como disparador del pasivo.

Es la causa eficiente de la obligación presente, y es lo que permite distinguir entre lo que ya se debe y lo que apenas se podría llegar a deber.

Veamos un último ejemplo, el caso de Avianca y su programa LifeMiles, la aerolínea con base en Colombia y operaciones en buena parte del continente americano. Uno de sus pasivos más relevantes —y a la vez uno de los más interesantes desde el punto de vista contable— se origina en su programa de viajero frecuente, LifeMiles.

Cada vez que un pasajero vuela con Avianca o realiza una compra con tarjetas asociadas al programa, acumula millas que puede canjear por boletos aéreos, alojamiento, productos o servicios de aliados comerciales. ¿Cómo se traduce eso en contabilidad?

Apliquemos los tres criterios:

  1. ¿La entidad tiene una obligación? Sí. Avianca asume una obligación frente a cada miembro del programa, fundada en los términos y condiciones publicados y aceptados por el usuario al inscribirse. Es una obligación contractual, complementada por la práctica establecida y la publicidad reiterada del beneficio.
  2. ¿La obligación es transferir un recurso económico? Sí. Avianca deberá, llegado el momento del canje, transferir recursos económicos al miembro: prestarle el servicio de transporte aéreo (que tiene un costo y consume capacidad de la flota), entregarle un bien, o pagar a un tercero por el servicio canjeado. Aunque no necesariamente sale dinero en efectivo de la caja, el sacrificio económico es real.
  3. ¿Es una obligación presente derivada de sucesos pasados? Sí. El suceso disparador es el vuelo, la compra o la transacción que dio origen a las millas. Una vez acreditadas las millas en la cuenta del miembro, la obligación ya es presente. No es una intención de premiar en el futuro: es un compromiso que ya nació por algo que el cliente ya hizo y por el que Avianca ya recibió un beneficio (el ingreso del vuelo o la comisión del aliado comercial).

Cumplidos los tres requisitos, Avianca debe reconocer un pasivo por programas de fidelización —medido conforme a las disposiciones de la NIIF 15, que asigna parte del precio de la transacción original a la obligación de desempeño asociada a las millas—. Dicho pasivo permanece en el balance hasta que las millas se canjean, expiran o se pierden por las condiciones del programa.

Este caso ilustra cómo un pasivo puede surgir de una obligación a futuro de prestar un servicio, generada por prácticas comerciales contractualmente reguladas, y disparada por transacciones pasadas con los clientes. Los tres pilares operan armoniosamente.

El enfoque de las NIIF nos invita a abandonar la pregunta superficial “¿cuánto le debe la empresa al banco?” y plantear una más completa: ¿qué obligaciones presentes tiene la entidad de transferir recursos económicos, surgidas de sucesos pasados, sean estas legales o implícitas?

Un pasivo, así entendido, no es solo una deuda. Es el reflejo contable de los compromisos que la empresa ya asumió y que, tarde o temprano, deberá honrar.

Reconocerlos oportuna y razonablemente es una expresión de transparencia, prudencia y responsabilidad financiera.

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